California, junto con otros estados del suroeste, ha
sido líder en iniciativas en materia de eficiencia y conservación
del agua.
Hasta la década de los ochenta se realizó
en California una intensa campaña de construcción
de sistemas de abastecimiento y distribución. Sin embargo,
en estos mismos años se hizo patente que aun con la regulación
de estos grandes proyectos, las reservas disponibles eran insuficientes.
Los siete años de sequía que comenzaron
en 1986 amenazaron la economía de todo el estado, constituyendo
una señal de alarma. La región de la bahía-delta
de Sacramento-San Joaquín fue uno de los lugares en los que
más se hizo sentir la sequía. Con el fin de asegurar
el flujo necesario para los recursos pesqueros, fue necesario restringir
las extracciones para abastecimiento de agua a todos los consumidores.
También tuvo que limitarse el riego de las cosechas y se
impuso el racionamiento de los suministros de agua en las ciudades.
En este contexto, los principales líderes del
entorno ecologista y del suministro de agua comenzaron a discutir
en qué medida podría ayudar al delta la eficiencia
del uso del agua y su conservación. Similar proceso surgió
en otros lugares del estado.
Un numeroso grupo de entidades californianas que llevaban
años trabajando en el campo de la conservación del
agua en el ámbito urbano, desde muy diversas perspectivas
y áreas de actividad, decidieron emprender de modo voluntario
un proceso que condujese a medio y largo plazo hacia la normalización,
homogeneización y universalización de las políticas
de conservación del agua urbana.
En septiembre de 1991, tras varios meses de reuniones
y negociaciones, más de un centenar de organizaciones firmaron
el Memorándum
de Entendimiento, en cuyo marco se creaba el California
Urban Water Conservation Council (CUWCC).
El Memorándum
de Entendimiento incluía dieciséis medidas óptimas
de gestión para la conservación del agua y un calendario
para su puesta en práctica. Estas medidas fueron ratificadas
por primera vez en 1991, reduciéndose finalmente a catorce.
En el Memorándum
los firmantes se comprometen básicamente a aplicar las Buenas
Prácticas de Gestión, a investigar de modo continuado
nuevas formas de conservación del agua en el ámbito
urbano, y a suministrar información homogénea sobre
sus actividades y resultados de las políticas y acciones
de conservación emprendidas.
Desde la firma en 1991, se han ido incorporando al CUWCC
nuevas organizaciones relacionadas con la utilización urbana
del agua en California. Actualmente son más de doscientos
los firmantes, divididos en tres grupos:
- Grupo 1: Suministradores de agua. Se define como
cualquier entidad, incluyendo un ayuntamiento, que entregue o
suministre agua.
- Grupo 2: Organizaciones de defensa del interés
público. Se define como una organización sin ánimo
de lucro que: (i) no tenga como función primordial la representación
de entidades comerciales, industriales o de servicios. (ii) tenga
como misión principal la protección del medio ambiente
o que tenga un claro interés en hacer avanzar el proceso
de las Buenas Prácticas de Gestión.
- Grupo 3: Otros organismos interesados. Se define
como cualesquiera otras entidades que no caigan en ninguno de
los dos grupos anteriores.
Estas son las catorce Buenas Prácticas de
Gestión que están en vigor en estos momentos:
BMP
1- Encuestas sobre el consumo de agua en viviendas unifamiliares
y colectivas.
BMP 2- Renovación
de la fontanería doméstica.
BMP 3- Inspecciones
de los sistemas de agua, detección y reparación
de fugas.
BMP 4- Universalización
de contadores y aplicación de tarifas de mercado para las
nuevas conexiones y renovación de las existentes.
BMP 5- Programas e
incentivos para el ahorro de agua en el riego de los grandes jardines.
BMP 6- Programas de
descuento en las lavadoras altamente eficientes.
BMP 7- Programas de
información ciudadana.
BMP 8- Programas de
educación escolar.
BMP 9- Programas de
ahorro para los sectores comercial, industrial e institucional.
BMP 10- Programas
de asistencia a grandes entidades abastecedoras.
BMP 11- Tarifas que
fomenten el ahorro.
BMP 12- Coordinación
de conservación.
BMP 13- Prohibición
de derroche de agua.
BMP 14- Programas
para la sustitución de los inodoros domésticos por
otros de muy bajo consumo.
El Estado de California ha decidido que sólo
serán elegibles para gozar de préstamos y subvenciones
aquellas agencias gestoras del agua que implementen las buenas prácticas
que impulsa el California Urban Water
Conservation Council.
Entre las leyes estatales de California se debe
de destacar la Ordenanza
sobre el Modelo de Jardinería de California (Ley de Jardinería).
Para la elaboración de la ley estatal se tomaron
como modelo las ordenanzas de eficiencia que habían adoptado
varios gobiernos locales.
Esta normativa intenta servir de orientación en el diseño, instalación y mantenimiento de los jardines nuevos o remodelados. Afecta a cualquier jardín de más de 2500 pies² (232,3 m²). Existen unas normas de diseño, de inclusión de equipamiento de control de consumo de agua, equipamiento de riego, de selección de especies vegetales, etc. Debe rellenarse para cada jardín una declaración de conservación de agua (water conservation concept statement) cuyos indicadores tienen unos límites definidos admisibles según la superficie y la ciudad en que se encuentre.
Los jardines existentes de más de 1 acre (4046,8 m²) deben cumplir una auditoría sobre riego cada 5 años, y deben evitarse ineficiencias.
Esta ley permite a los gobiernos locales la adopción de sus propias leyes "equivalentes" o su exención si se demuestra que no es necesaria la conservación. Si no se adopta ninguna de estas opciones, entra en efecto la ordenanza.
El “Urban Water Management Planning Act” (Decreto de Planificación Urbana del Agua) de California obliga a los suministradores de agua, definidos como los suministradores que proporcionan agua a más de 3000 clientes o más de 3000 acres-pie por año (es decir: 3000*1233,5 = 3700500 m³/año ~ 3,7 hm³/año) a hacer todo esfuerzo posible para asegurar un nivel adecuado de confiabilidad en su servicio para cubrir las necesidades de todos sus clientes durante los años normales, los años secos y las sucesiones de años secos. Este esfuerzo incluye la obligación de preparar y adoptar un Plan de gestión urbana del agua. El objetivo es la conservación y el uso eficiente del agua. Los suministradores acogidos al Memorándum de Entendimiento tienen especificaciones más completas.
Este Plan debe incluir entre otras cosas escenarios de población futuros en periodos de 5 años, las fuentes de agua previstas para esos mismos 5 años, su confiabilidad para los distintos grados de sequía, su distribución por usos, medidas de gestión previstas, indicadores para probar la efectividad de la gestión, etc. Todo para un periodo de al menos 20 años. Debe incluirse asimismo información sobre el potencial de las aguas recicladas.
Fuentes:
Dickinson, M. La conservación del agua en
Estados Unidos, los avances de una década, en Estevan. A.
y Viñuales, V. (comps.) La eficiencia del agua en las ciudades.
Bakeak. Bilbao, 2000 Mintol, J. Y Farwell, L. The regulary framework and
water use-efficiency, en Conferencia Internacional sobre uso y gestión
eficiente del agua en los abastecimientos urbanos, Fundación
Canal Isabel II, Madrid, 2001
Estevan,
A. Diseño de programas integrados de gestión de la
demanda y conservación del agua en California. 1996
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