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California, junto con otros estados del suroeste, ha sido líder en iniciativas en materia de eficiencia y conservación del agua.

Hasta la década de los ochenta se realizó en California una intensa campaña de construcción de sistemas de abastecimiento y distribución. Sin embargo, en estos mismos años se hizo patente que aun con la regulación de estos grandes proyectos, las reservas disponibles eran insuficientes.

Los siete años de sequía que comenzaron en 1986 amenazaron la economía de todo el estado, constituyendo una señal de alarma. La región de la bahía-delta de Sacramento-San Joaquín fue uno de los lugares en los que más se hizo sentir la sequía. Con el fin de asegurar el flujo necesario para los recursos pesqueros, fue necesario restringir las extracciones para abastecimiento de agua a todos los consumidores. También tuvo que limitarse el riego de las cosechas y se impuso el racionamiento de los suministros de agua en las ciudades.

En este contexto, los principales líderes del entorno ecologista y del suministro de agua comenzaron a discutir en qué medida podría ayudar al delta la eficiencia del uso del agua y su conservación. Similar proceso surgió en otros lugares del estado.

Un numeroso grupo de entidades californianas que llevaban años trabajando en el campo de la conservación del agua en el ámbito urbano, desde muy diversas perspectivas y áreas de actividad, decidieron emprender de modo voluntario un proceso que condujese a medio y largo plazo hacia la normalización, homogeneización y universalización de las políticas de conservación del agua urbana.

En septiembre de 1991, tras varios meses de reuniones y negociaciones, más de un centenar de organizaciones firmaron el Memorándum de Entendimiento, en cuyo marco se creaba el California Urban Water Conservation Council (CUWCC).

El Memorándum de Entendimiento incluía dieciséis medidas óptimas de gestión para la conservación del agua y un calendario para su puesta en práctica. Estas medidas fueron ratificadas por primera vez en 1991, reduciéndose finalmente a catorce.

En el Memorándum los firmantes se comprometen básicamente a aplicar las Buenas Prácticas de Gestión, a investigar de modo continuado nuevas formas de conservación del agua en el ámbito urbano, y a suministrar información homogénea sobre sus actividades y resultados de las políticas y acciones de conservación emprendidas.

Desde la firma en 1991, se han ido incorporando al CUWCC nuevas organizaciones relacionadas con la utilización urbana del agua en California. Actualmente son más de doscientos los firmantes, divididos en tres grupos:

  • Grupo 1: Suministradores de agua. Se define como cualquier entidad, incluyendo un ayuntamiento, que entregue o suministre agua.
  • Grupo 2: Organizaciones de defensa del interés público. Se define como una organización sin ánimo de lucro que: (i) no tenga como función primordial la representación de entidades comerciales, industriales o de servicios. (ii) tenga como misión principal la protección del medio ambiente o que tenga un claro interés en hacer avanzar el proceso de las Buenas Prácticas de Gestión.
  • Grupo 3: Otros organismos interesados. Se define como cualesquiera otras entidades que no caigan en ninguno de los dos grupos anteriores.


Estas son las catorce Buenas Prácticas de Gestión que están en vigor en estos momentos:

BMP 1- Encuestas sobre el consumo de agua en viviendas unifamiliares y colectivas.
BMP 2- Renovación de la fontanería doméstica.
BMP 3- Inspecciones de los sistemas de agua, detección y reparación de fugas.
BMP 4- Universalización de contadores y aplicación de tarifas de mercado para las nuevas conexiones y renovación de las existentes.
BMP 5- Programas e incentivos para el ahorro de agua en el riego de los grandes jardines.
BMP 6- Programas de descuento en las lavadoras altamente eficientes.
BMP 7- Programas de información ciudadana.
BMP 8- Programas de educación escolar.
BMP 9- Programas de ahorro para los sectores comercial, industrial e institucional.
BMP 10- Programas de asistencia a grandes entidades abastecedoras.
BMP 11- Tarifas que fomenten el ahorro.
BMP 12- Coordinación de conservación.
BMP 13- Prohibición de derroche de agua.
BMP 14- Programas para la sustitución de los inodoros domésticos por otros de muy bajo consumo.

El Estado de California ha decidido que sólo serán elegibles para gozar de préstamos y subvenciones aquellas agencias gestoras del agua que implementen las buenas prácticas que impulsa el California Urban Water Conservation Council.

Entre las leyes estatales de California se debe de destacar la Ordenanza sobre el Modelo de Jardinería de California (Ley de Jardinería).

Para la elaboración de la ley estatal se tomaron como modelo las ordenanzas de eficiencia que habían adoptado varios gobiernos locales.

Esta normativa intenta servir de orientación en el diseño, instalación y mantenimiento de los jardines nuevos o remodelados. Afecta a cualquier jardín de más de 2500 pies² (232,3 m²). Existen unas normas de diseño, de inclusión de equipamiento de control de consumo de agua, equipamiento de riego, de selección de especies vegetales, etc. Debe rellenarse para cada jardín una declaración de conservación de agua (water conservation concept statement) cuyos indicadores tienen unos límites definidos admisibles según la superficie y la ciudad en que se encuentre.

Los jardines existentes de más de 1 acre (4046,8 m²) deben cumplir una auditoría sobre riego cada 5 años, y deben evitarse ineficiencias.

Esta ley permite a los gobiernos locales la adopción de sus propias leyes "equivalentes" o su exención si se demuestra que no es necesaria la conservación. Si no se adopta ninguna de estas opciones, entra en efecto la ordenanza.

El “Urban Water Management Planning Act” (Decreto de Planificación Urbana del Agua) de California obliga a los suministradores de agua, definidos como los suministradores que proporcionan agua a más de 3000 clientes o más de 3000 acres-pie por año (es decir: 3000*1233,5 = 3700500 m³/año ~ 3,7 hm³/año) a hacer todo esfuerzo posible para asegurar un nivel adecuado de confiabilidad en su servicio para cubrir las necesidades de todos sus clientes durante los años normales, los años secos y las sucesiones de años secos. Este esfuerzo incluye la obligación de preparar y adoptar un Plan de gestión urbana del agua. El objetivo es la conservación y el uso eficiente del agua. Los suministradores acogidos al Memorándum de Entendimiento tienen especificaciones más completas.

Este Plan debe incluir entre otras cosas escenarios de población futuros en periodos de 5 años, las fuentes de agua previstas para esos mismos 5 años, su confiabilidad para los distintos grados de sequía, su distribución por usos, medidas de gestión previstas, indicadores para probar la efectividad de la gestión, etc. Todo para un periodo de al menos 20 años. Debe incluirse asimismo información sobre el potencial de las aguas recicladas.

Fuentes:

Dickinson, M. La conservación del agua en Estados Unidos, los avances de una década, en Estevan. A. y Viñuales, V. (comps.) La eficiencia del agua en las ciudades. Bakeak. Bilbao, 2000

Mintol, J. Y Farwell, L. The regulary framework and water use-efficiency, en Conferencia Internacional sobre uso y gestión eficiente del agua en los abastecimientos urbanos, Fundación Canal Isabel II, Madrid, 2001

Estevan, A. Diseño de programas integrados de gestión de la demanda y conservación del agua en California. 1996

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